Texto de la cita
Que ésta Sala de lo Constitucional hace necesario observar el
desarrollo del Control del Convencionalidad[4] al que está vinculado tanto por la Convención Americana de Derechos Humanos, como lo surgido de la lectura de los artículos 15 y 16 de la Constitución de la República se ha establecido que “Honduras hace suyos los principios y prácticas del derecho internacional que propenden a la solidaridad humana, el respeto de la autodeterminación
de los pueblos, a la no intervención y al afianzamiento de la paz y la democracia universales”, y que “ los tratados internacionales celebrados por Honduras con otros Estados, una vez que entran en vigor, forman parte del Derecho interno”, se deduce con certeza que el derecho internacional de los derechos humanos y la jurisprudencia generada en virtud de él, es una fuente fundamental de la que
derivan otros derechos humanos en el marco del constitucionalismo hondureño