Texto de la cita
204. Sobre la misma materia, la Corte Interamericana de Derechos Humanos se ha pronunciado para resaltar que la garantía del juez natural es un elemento constitutivo del derecho al debido proceso[176]. En el caso Barreto Leiva vs. Venezuela, recordó que «el juez natural deriva su existencia y competencia de la ley»[177], por tanto «en un Estado de derecho sólo el poder legislativo puede regular, a través de leyes, la competencia de los juzgadores»[178].