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T-403-24

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Fecha:
Lunes, 23 de Septiembre de 2024
País:
Colombia
Corte:
Corte Suprema: Tribunal/Corte Constitucional
Resumen:
Acción de tutela contra el ICBF y la CNSC, alegando que la negativa del ICBF a trasladarla al cargo de Profesional Universitario (nutrición y dietética) que vulneró derecho al trabajo y los derechos de menor con discapacidad a la salud, vida y unidad familiar.
Resultado:
La Corte encontró la tutela procedente y determinó que el ICBF violó el derecho al trabajo de Leidy al no considerar detalladamente sus circunstancias ni explorar alternativas para su traslado.
Fuentes(s) Citada(s):
CADH y Corte IDH
Tipo de cita:
Interpretación de la CADH sin considerar la jurisprudencia de la Corte IDH
Número de veces que se cita la Corte IDH:
Número de veces que se cita la CADH:
Artículos que se mencionan:
8.1
1
Cita
Fuente:
CADH y Corte IDH
Tipo de cita:
Citación de una o más sentencias concretas de la Corte IDH
Pais demandado:
México
Qué se cita en la sentencia:
Artículo de la CADH y jurisprudencia de la Corte IDH
Complejidad:
Adopción de una interpretación de la CADH realizada en una sentencia de la Corte IDH

Texto de la cita

Abstenerse de valorar de manera precisa y explícita los planteamientos de una persona que -en medio del dilema al que la actuación de la entidad accionada la sometió- ha propuesto diferentes opciones para precisar su situación administrativa, implica en la práctica una infracción del derecho a ser oído. [139] El derecho a ser oído como parte del derecho al debido proceso ha sido desarrollado por la Corte Constitucional, entre otras, en las sentencias T-006 de 2011, T-522 de 2014 y T-063 de 2016, que analizaron el proceso de cancelación de la cédula de ciudadanía por parte de la Registraduría Nacional del Estado Civil. En igual sentido, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha indicado que el derecho a ser oído, consagrado en el artículo 8.1. de la Convención Americana sobre Derechos Humanos “alude al derecho de toda persona a ser oída por un “juez o tribunal competente” para la “determinación de sus derechos”, dicho artículo es igualmente aplicable a las situaciones en que alguna autoridad pública, no judicial, dicte resoluciones que afecten la determinación de tales derechos”. Caso Ivcher Bronstein Vs. Perú. Sentencia de 6 de febrero de 2001.]

Sentencia publicada en ACdC el 29 de Abril, 2025, incorporada por estudiantes de Pontificia Universidad Javeriana de Colombia