Texto de la cita
[La Corte IDH] ha establecido que el derecho a la pensión, puede considerarse un derecho
adquirido que se incorpora al patrimonio del pensionista, y que desde el momento que los
beneficiarios se acogen al régimen de jubilaciones previsto en una ley, adquieren el derecho a que
sus pensiones se rijan en los términos y condiciones previstas en dicha ley.[1]