A A A
 

1-24-OP

Visitar
Fecha:
Domingo, 16 de Junio de 2024
País:
Ecuador
Corte:
Corte Suprema: Tribunal/Corte Constitucional
Resumen:
En el presente dictamen la Corte Constitucional resuelve la objeción presidencial parcial por razones de inconstitucionalidad respecto de los artículos 6, 7, 8, 9 y la disposición general primera del “Proyecto de Ley Reformatoria a la Ley de Seguridad Social y a la Ley del Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social”. Luego del análisis, la Corte acepta parcialmente la objeción presidencial planteada.
Resultado:
Aceptar parcialmente la objeción presidencial
Fuentes(s) Citada(s):
CADH
Tipo de cita:
Interpretación de la CADH sin considerar la jurisprudencia de la Corte IDH
Número de veces que se cita la Corte IDH:
2
Número de veces que se cita la CADH:
1
Artículos que se mencionan:
16.0
123
Cita
Fuente:
CADH
Tipo de cita:
Solo se menciona(n) algun(os) artículo(s) de la CADH
Pais demandado:
Colombia
Qué se cita en la sentencia:
Sólo artículo de la CADH
Complejidad:
Mera mención de un artículo de la CADH

Texto de la cita

Constatado lo dicho, se advierte que el Convenio 87 de la OIT fue ratificado por el Estado ecuatoriano el 29 de mayo de 1967, y que versa, entre otras cosas, sobre el derecho a organizarse de los trabajadores y empleadores, mismo que ha sido reconocido como un derecho humano por la CRE y otros instrumentos internacionales. (Artículo 16 de la Convención americana sobre derechos humano). Por consiguiente, es plenamente procedente que la Corte revise el cargo de la objeción presidencial que atañe a una eventual inconstitucionalidad del proyecto de ley, por la presunta infracción de los artículos 1 y 3 del tratado internacional en referencia.

Sentencia publicada en ACdC el 03 de Julio, 2024, incorporada por estudiantes de Pontificia Universidad Católica de Ecuador