Texto de la cita
En el ámbito internacional, los tratados internacionales de derechos humanos que hacen parte del bloque de constitucionalidad también reconocen estos derechos para las personas trans privadas de la libertad. Al respecto, la Convención Americana sobre Derechos Humanos en su artículo 5 establece que toda persona tiene derecho a que se respete su integridad moral y física, y que las personas privadas de la libertad tienen el derecho a ser tratadas con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano. Además, el artículo 1.1 de la Convención establece que la orientación sexual, identidad de género y expresión de género de las personas son categorías protegidas, por lo que el Estado no puede actuar en contra de una persona por motivo de su orientación sexual, identidad y/o expresión de género.