Texto de la cita
A partir de la progresividad de los derechos económicos, sociales y culturales, contenida en el artículo 26, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el Estado costarricense se encuentra obligado a elaborar y ejecutar políticas tendientes a lograr progresivamente la plena efectividad del derecho fundamental a la educación, y como parte esencial de este derecho a aprender, se debe velar por el mejoramiento de la infraestructura de los centros educativos, la compra de materiales didácticos e insumos para los comedores escolares, ampliación de programas de becas y otros programas.