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09962 - 2024

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Fecha:
Martes, 16 de Abril de 2024
País:
Costa Rica
Corte:
Corte Suprema: Tribunal/Corte Constitucional
Resumen:
Persona privada de libertad acude a tutelar sus derechos pues ha sido víctima de acoso y agresiones graves en su estancia en centro penitenciario. Se tutela a la privada de libertad en razón del derecho humano a la vida.
Resultado:
Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso, únicamente, en relación con el uso de fuerza excesivo y la falta de cámaras de vigilancia y portátiles.
Fuentes(s) Citada(s):
CADH
Tipo de cita:
Mención de la Corte IDH sin citar sentencia concreta
Número de veces que se cita la Corte IDH:
1
Número de veces que se cita la CADH:
1
Artículos que se mencionan:
5.0,5.2
12
Cita
Fuente:
CADH
Tipo de cita:
Solo se menciona(n) algun(os) artículo(s) de la CADH
Pais demandado:
México
Qué se cita en la sentencia:
Jurisprudencia o norma nacional que hace referencia a un artículo de la CADH
Complejidad:
La cita contiene una interpretación propia sobre uno o más artículos de la CADH

Texto de la cita

III.- SOBRE EL DEBER DEL ESTADO DE TUTELAR LA VIDA Y LA INTEGRIDAD PERSONAL DE LOS PRIVADOS DE LIBERTAD. Derivado de la dignidad humana, existe un deber estatal —reconocido en forma amplia a través de numerosos instrumentos internacionales— de tutelar la vida y la integridad de las personas privadas de libertad que, por esa condición, se encuentran bajo su custodia. En nuestro ordenamiento, estos derechos están tutelados en nuestra Carta Fundamental a partir de lo dispuesto en los artículos 21 que dispone “La vida humana es inviolable” y 40 “Nadie será sometido a tratos crueles o degradantes ni a penas perpetuas (…)”y en lo establecido, entre otros, en los artículos 3 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos “Todo individuo tiene derecho a la vida, la libertad y a la seguridad de su persona”, 4 y 5 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos “ Toda persona tiene derecho a que se respete su vida.

Sentencia publicada en ACdC el 11 de Octubre, 2024, incorporada por Equipo DiraJus